16/07/2021
Luego de un extenso debate que duró más de cinco horas, el Senado aprobó y convirtió en ley el nuevo régimen de la producción de biocombustibles. Éste reemplaza al que funciona desde hace 15 años. Propondrá un corte del 5% para el gasoil y el biodiesel, y de 12% entre naftas y bioetanol
. Asimismo, también se sancionó un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, cuyo objetivo es fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.
Con 43 votos a favor y 19 en contra, la iniciativa fue aprobada y reemplazará a la prórroga que a través de un Decreto estableció esta semana el Poder Ejecutivo. Esta medida deja sin efecto la sanción que el Senado aprobó el pasado 30 de octubre de 2020. Recibió el apoyo del oficialismo y de algunos legisladores de la oposición que representan a las provincias de Jujuy y Tucumán, beneficiadas con la medida, por ser productoras de caña de azúcar.
Propone que, en el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz. El Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustible prevé extensiones relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a las Ganancias para la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura. Dispone que los bienes afectados no integrarán la base de imposición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta establecido por la Ley Nº 25.063.
También establece que los biocombustibles no estén alcanzados por la tasa de Infraestructura Hídrica, por el Impuesto denominado Sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o sobre la importación de gasoil. Así como tampoco por los tributos que en el futuro puedan sustituir o complementar a los mismos.
Previo a aprobarse por unanimidad la reforma de la ley del Monotributo, se concretó la eliminación del retroactivo
. De esta manera, los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618
. Sucedía que los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo.
En tanto, el Senado también convirtió en ley el proyecto sobre Bienes Personales que modifica los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para fomentar el ahorro en pesos. El objetivo es ampliar las extensiones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.
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