26/06/2024

País

La Justicia suspendió dos artículos del DNU 70/23 que autorizaba la venta de medicamentos fuera de la farmacia

La medida adoptada por un juzgado Federal de Mendoza rige para todo el país. El sindicato de Farmacéuticos y Bioquímicos celebró la decisión judicial y remarcó que con el decreto "estaba en peligro nuestra actividad laboral".

El Juzgado Federal N°2 de Mendoza ha tomado una decisión importante: suspendió los artículos del DNU 70/2023 del Gobierno Nacional que autorizaban la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y el expendio de fármacos sin la presencia de un profesional matriculado.

Esta medida, que fue solicitada por el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, restaura la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de medicamentos exclusivamente a las farmacias. Ahora, los medicamentos de venta libre deberán ser dispensados exclusivamente en farmacias.


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En enero, el Gobierno había publicado el decreto 63/2024, que comenzó a reglamentar el DNU 70/2023 en lo referido a la prescripción y comercialización de medicamentos. Sin embargo, esta disposición quedó suspendida con la medida judicial.

Es importante destacar que la Justicia Federal mendocina ya había tomado una decisión similar en abril pasado, respaldando la regulación sobre la actividad de los farmacéuticos en todo el país.


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La Organización Mundial de la Salud (OMS) sostiene que los medicamentos de venta libre deben venderse en farmacia ya que así se garantiza que sean dispensados por personal capacitado en el tema, capaz de informar y asesorar sobre su uso seguro y eficaz, y que los mismos hayan pasado por los controles necesarios.

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