06/02/2025

Política

Media sanción para el proyecto que busca ponerle fin a la "puerta giratoria" de la Justicia

La iniciativa establece que si una persona procesada comete un nuevo delito pueda ser detenida. Puntualmente, modifica el concepto de "reincidencia" por "reiterancia". Fue aprobado con 138 votos a favor, 94 en contra y una abstención.

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que introduce modificaciones en el Código Procesal Penal Federal con el objetivo de poner fin a la llamada "puerta giratoria" en el sistema judicial.

La iniciativa obtuvo 138 votos a favor, 94 en contra y una abstención, por lo que ahora será enviada al Senado para su tratamiento definitivo.

El proyecto plantea que, en caso de que una persona procesada cometa un nuevo delito, se proceda automáticamente a su detención. Para ello, se reemplaza el concepto de reincidencia por el de reiterancia, buscando así endurecer las condiciones de prisión preventiva y evitar que los delincuentes queden en libertad rápidamente.

El debate legislativo tuvo lugar en un contexto de creciente preocupación por los índices de inseguridad, en medio de la disputa entre el presidente Javier Milei y el gobernador bonaerense Axel Kicillof respecto al aumento de los delitos en el conurbano.

Al iniciar la discusión en el recinto, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, expresó: "Vamos a dar media sanción a lo que la gente llama la puerta giratoria y con esta ley se va a terminar con la impunidad y con delincuentes en la calle".

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"Con este cambio que queremos hacer en la legislación penal argentina, para que un delincuente sea considerado reincidente debe haber sido condenado en dos o más delitos con condena firme", agregó la legisladora.

Rodríguez Machado explicó que actualmente los jueces solo pueden dictar prisión preventiva en función del riesgo de fuga o de entorpecimiento de la causa, pero con esta reforma se sumará la reiterancia como criterio clave.

Desde el bloque Unión por la Patria, el diputado Martín Soria manifestó su rechazo a la iniciativa: "Desde nuestro bloque rechazamos este proyecto porque el eje central es sustituir la presunción de inocencia de los habitantes de nuestro suelo por la presunción de un juez federal sobre si una persona cometerá un delito en el futuro".

"Emitimos dictamen de rechazo porque choca con preceptos constitucionales y leyes vigentes, ya que engañan a la ciudadanía diciendo que van a terminar con la puerta giratoria y eso es mentira", enfatizó.

Por su parte, la diputada radical Pamela Verasay respaldó el proyecto y destacó que "Mendoza es pionera en reformas en materia de seguridad y administración de justicia que han logrado resultados concretos".

Votación nominal. La iniciativa que impulsa el oficialismo consiguió media sanción en Diputados.

"Tanto es así, que hemos sido el modelo para seguir por muchas provincias tales como Santa Fe, Salta, CABA y también para la Nación", señaló la legisladora.

Desde Encuentro Federal, el diputado Oscar Agost Carreño celebró la aprobación del proyecto: "Celebro que estemos sesionando para cumplir con la deuda que tenemos como Congreso. Venimos a agravar la situación penal de los que eligen delinquir como forma de vida".

"Pocas cosas causan tanta indignación a la sociedad como ver un delincuente que sale por la puerta giratoria", agregó.

En contraste, el diputado Nicolás del Caño, del Frente de Izquierda, rechazó la propuesta oficialista, argumentando que "lo que se hace es fortalecer el aparato represivo y no ir al fondo de la cuestión".

"Es demagogia, para una legislación más punitiva, represiva, para mayor control social. Nosotros la vamos a rechazar", remarcó.

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El proyecto establece que será considerado reincidente "toda persona que haya sido condenada dos (2) o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme".

Asimismo, contempla que las sentencias dictadas en el extranjero sean tomadas en cuenta para la reincidencia si el delito por el cual se condenó a la persona es motivo de extradición según la legislación argentina.

La reforma del artículo 17 del Código Procesal Penal introduce como causal de prisión preventiva "el peligro real de fuga, la obstaculización de la investigación o la reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada".

El dictamen también habilita la acumulación de condenas de diferentes tribunales hasta alcanzar un máximo de 50 años de prisión.

Por otra parte, se excluye del cómputo de reincidencia las penas impuestas por delitos cometidos por menores de 18 años o aquellos que hayan sido objeto de amnistía.

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