La Sala IV de la Cámara de Casación dejó sin efecto el sobreseimiento del supermercadista Alfredo Coto y su hijo Germán y ordenó continuar con la investigación por el arsenal que en septiembre 2016 se encontró en la sucursal de Paysandú al 1800.
En esa oportunidad, efectivos de la ANMAC hallaron en el local 227 granadas, silenciadores, 27 armas de fuego, chalecos antibalas, municiones, escudos anti tumultos y proyectiles de gases, entre otros elementos incomprensibles para ser acopiados en un supermercado. Parte de lo encontrado pertenecía a la Policía Federal y parte a la Prefectura Naval.


Los empresarios habían sido sobreseídos por la justicia federal sobre la base de que la magnitud del flujo comercial de la firma, hacía imposible que estuvieran al tanto de lo que sucedía en cada local.
LA CÁMARA DE CASACION LOS MANDA A JUICIO ORAL
Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, integrantes de la Sala IV de Casación, no coincidieron con ese análisis de la prueba, anularon el sobreseimiento y ordenaron al tribunal de primera instancia dictar una nueva resolución siguiendo sus lineamientos. Esto significa procesarlos y enviarlos a juicio oral.

Los camaristas evaluaron que se había hecho un examen fragmentado de la valoración de la prueba y que las evidencias permiten alcanzar el umbral suficiente como para poder avanzar con el proceso penal”.
Subrayaron que padre e hijo eran responsables del usuario colectivo “Coto CICSA” y que, además del Arsenal detectado en el local de Paysandú, ANMAC también halló en el lugar dos armas a título personal de Alfredo y Germán Coto.


“Será la etapa de juicio oral la indicada para zanjar su posible responsabilidad penal con relación a los hechos investigados”, señalaron.
Los camaristas anularon la sentencia de la Cámara Federal que confirmó el sobreseimiento dictado por el juez Sebastián Ramos, considerando que “sostienen de manera prematura y sin fundamentos suficientes la desvinculación definitiva del proceso” por lo que no puede considerársela “un acto jurisdiccional válido”.