El Gobierno Nacional extendió el subsidio de contención familiar que rige desde el 2006 a quienes sean familiares directos de las personas que fallecieron a causa del coronavirus y que, al momento de su muerte, se encontraban desocupadas, en economía informal o fuesen monotributistas de algunas categorías.

A través del decreto 655/2020 publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, se estableció la nueva norma que fijó el monto de 15.000 pesos.
Asimismo, amplía el subsidio creado en el 2006 a los familiares de personas fallecidas por coronavirus que, al instante de su muerte, estaban desocupadas, desempeñaban una economía informal o estaban inscriptas en las categorías «A» y «B» del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. En tanto, abarca la de familiares de fallecidos que al momento del deceso estaban inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
También alcanzará a aquellos familiares de fallecidos que hayan sido trabajadores declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, a los que eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social y eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y a niños y adolescentes y personas mayores de edad con discapacidad. A su vez, el beneficio ya existía para el caso de veteranos de Malvinas y para determinados beneficiarios del Régimen Nacional de Previsión.
Se determinó que el subsidio será abonado al cónyuge o al conviviente, al padre o a la madre o a algunas de sus madres o de sus padres o al hijo o hija del fallecido
. Siendo así que el decreto precisa que se hará efectivo siempre que el o la solicitante denuncie el deceso y acredite haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.
Por último indica que la decisión se toma «con el fin de acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y necesitados de la sociedad, corresponde incluir el pago del Subsidio de Contención Familiar a los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa del COVID-19″.