Luego del desastre originado por los incendios forestales que castigaron y azotaron a diferentes localidades de la provincia de Córdoba, el Gobierno Nacional determinó declarar la emergencia agropecuaria “desde el 1 de agosto de 2020 y hasta el día 31 de julio de 2021” en las regiones de la provincia que fueron afectadas por las llamas. Esta medida se anunció a través de la Resolución 200/2020 publicada el día de hoy en el Boletín Oficial.
Un total de 10 zonas “delimitadas por polígonos georreferenciados” fueron las que se vieron perjudicadas por el fuego, y a las que se les ordenó crear un registro de los productores a los cuales se les asistirá a través de créditos y de facilidades impositivas. Estas personas gozarán “de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509”, que plantea que, ante este tipo de situaciones, los bancos nacionales, oficiales o mixtos, tendrán que concurrir en ayuda de los damnificados. Asimismo, las instituciones deberán poner a disposición la “espera y renovaciones a pedido de los interesados de las obligaciones pendientes a la fecha en que fije como iniciación de la emergencia o desastre agropecuario y hasta el próximo ciclo productivo”.

Por su parte, la norma indica también que se suspende la “iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad” a la declaración de la emergencia, mientras que aquellos que ya hayan comenzado “deberán paralizarse”. En tanto, la ley detalla que para aquellos que “vean comprometidas sus fuentes de rentas”, siempre y cuando la explotación agropecuaria “constituya su principal actividad”, regirán “medidas impositivas especiales”, como la “prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias” generadas por este trabajo.
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se “suspenderá hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados” por estos contribuyentes, entre los que se encuentran agrícolas, ganaderos, forestales, apícolas y frutihortícolas. Quienes estén interesados en acceder a esta ayuda del Estado, “deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones” fueron alcanzados por los incendios.
Por otra parte, el Gobierno de Córdoba deberá entregarle a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios una copia de esos certificados y una lista con todos los futuros beneficiarios. La Resolución de este lunes, que fue firmada por el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesa, Luis Basterra, determinó que “el 31 de julio de 2021 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas” por las llamas.