A pesar de la feria judicial vigente, y por encontrarse en juego los derechos a la salud y a la vida, la Cámara Federal de La Plata determinó que la Obra Social de los jubilados deberá entregarle a un afiliado de 56 años la droga Mayzent, a lo que el PAMI se había negado porque esa medicación no figuraba en su vademécum. PAMI añadió que la enfermedad del afiliado tiene una “evolución incierta y no es curable«, y relativizó el resultado del fármaco indicado por la neuróloga tratante.


Propuso como alternativa el Interferón Beta 1b, empleado por los profesionales para espaciar o prevenir los brotes propios de la esclerosis múltiple y que sí figura en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Pero el paciente ya había sido tratado con ese medicamento y no obtuvo los resultados esperados.
La obra social de los jubilados argumentó también la existencia de la emergencia sanitaria vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, consagrada por varios decretos del Ejecutivo, tendiente a lograr el equilibrio financiero necesario para evitar su quiebra y, por ende, desatender a sus afiliados.
Los camaristas César Álvarez y Karina Yabor destacaron que quien acciona es una persona discapacitada, por lo que, además de su derecho a la vida y a la salud, se le aplica toda la legislación contra cualquier forma de discriminación. La ley 22431 instituyó el “Sistema de protección integral para las personas discapacitadas”, que le reconoce el derecho a la integración, la salud y la seguridad social.


La propia creación del PAMI obedeció a la idea de proporcionar prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud de sus afiliados. Ambos jueces analizaron los argumentos de la neuróloga tratante, quien aseguró que el Mayzent es el único medicamento aprobado para formas clínicas de esclerosis múltiple secundaria progresiva, con actividad y compromiso cognitivo.
El fármaco constituye “la última esperanza para prevenir nuevos brotes discapacitantes de la enfermedad”, pero su costo lo torna inaccesible para el presupuesto de un jubilado. Tras insistir en que son los médicos los responsables e idóneos para prescribir una medicina u otra, los camaristas reseñaron que el afiliado, de 56 años, comenzó a padecer la enfermedad en 2002.
Su última evaluación, el año pasado, reveló fallas en su memoria laboral, verbal y visual. Tras reiterar lo mencionado por muchos de sus colegas en cientos de fallos, acerca de que el PMO es un piso básico de prestaciones y no un techo, los camaristas platenses confirmaron el fallo de primera instancia y le ordenaron al PAMI proporcionarle al afiliado el fármaco Mayzent.