26/12/2023

Economía

El Gobierno oficializó el reemplazo del SIRA por un nuevo sistema de importaciones

A través de la Resolución General Conjunta 5466/2023, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) junto a la Secretaría de Comercio formalizaron la derogación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la licencia de importación vigentes. Su reemplazo es el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), que no requerirá la necesidad de tramitar una licencia para los envíos destinados a consumo. Este nuevo sistema entrará en vigencia el miércoles.

Paralelamente, la Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la Resolución 523/2017 que establecía la obligación de tramitar Licencias Automáticas de Importación, y para determinados casos, Licencias no Automáticas, para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

De esta manera, el vocero presidencial, Manuel Adorni, indicó en conferencia de prensa que con el fin del SIRA "se termina con una burocracia por la que un funcionario de turno puede decidir qué se importa o no. Siempre creemos que la decisión de un privado tiene mucho más valor que la de aquel que está detrás de un escritorio". Asimismo, destacó que con esta modificación "no va a haber más licencias no automáticas, el que quiera importar, va a poder importar".

Cabe mencionar que el SIRA fue un sistema que fue puesto a comienzo de la gestión del ex ministro de Economía, Sergio Massa, para tener un mayor control en los procesos de importación, en un trabajo coordinado entre la cartera económica, la Secretaría de Comercio y el Banco Central. El funcionamiento de ambos sistemas "afectó el desempeño y previsibilidad de las empresas nacionales, generando serias dificultades en el comercio de bienes y servicios en el país, como también una importante deuda comercial con proveedores del exterior, a la vez que grandes distorsiones en el mercado". La eliminación de la discrecionalidad y de la necesidad de una aprobación permitirá "desarmar posibles nichos de corrupción".

Asimismo, las declaraciones SIRA en estado de "salida" o "cancelado" quedarán vigentes mientras que todas las demás quedarán sin efecto este martes. Se podrá registrar una nueva declaración SEDI para respaldar las mismas. El nuevo SEDI no elimina la necesidad de pagar aranceles a las importaciones, pero simplifica el proceso de declaración y de aprobación.

De acuerdo con lo que señala la disposición, las declaraciones tendrán un único fin estadístico: buscarán ayudar a generar la matriz de riesgo aduanero y realizar un "análisis eficiente" de las importaciones, para eventualmente adoptar medidas, por ejemplo, de defensa comercial, sin que esto implique "demoras en los sistemas productivos". En tanto, la declaración que se efectúa mediante el SEDI tendrá un plazo de validez de 360 días desde la fecha que la importación obtiene el estado de "salida". Una vez completada, se realizarán dos controles, previo a que pase del estado "oficializada" a "salida".

La AFIP estudiará la situación tributaria del importador y su capacidad económica financiera para efectuar la operación mediante su Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF). En caso de que haya alguna inconsistencia, el importador recibirá un mensaje y deberá registrar una nueva declaración SEDI. Luego, intervendrán los análisis técnicos vinculados con la seguridad y salubridad de la mercadería de organismos como Senasa y Anmat y que forman parte del Régimen Nacional de Ventanilla única del Comercio Exterior Argentino (Vucea). Tendrán un período de hasta 30 días corridos para el pronunciarse, desde el registro de la SEDI. De no pronunciarse, la declaración pasará automáticamente de "oficializada" a "salida" y tendrá, desde ese momento, una validez de 360 días.

Al momento de registrar la declaración, el importador no deberá notificar la aprobación del trámite ante la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos de la Secretaría de Comercio, pues se considera que el cumplimiento de normas técnicas no es condición necesaria para importar sino para su uso y comercialización.

Por otra parte, respecto al acceso a los dólares para pagar las importaciones, la Comunicación A 7917 del Banco Central estableció un sistema escalonado de acceso según el tipo de bien o servicios: inmediato para hidrocarburos y derivados, y energía eléctrica, 30 días para productos farmacéuticos o insumos de ese sector, fertilizantes y productos fitosanitarios, y 180 días para autos. Para el resto de los bienes, los pagos pueden realizarse en cuatro cuotas (cada una del 25%) iguales y consecutivas desde los 30, 60, 90, y 120 días corridos.

Además del SEDI, AFIP y Comercio crearon un registro para los importadores que cuentan con deuda con proveedores del exterior, la cual, en la actualidad, accidente a unos US$ 31.000 millones. El llamado "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior", permitirá contar con información actualizada y transparente de la deuda comercial privada vigente y "atender dicha problemática". Todas las personas que hayan imputado y que tengan deuda comercial como proveedores deberán inscribirse en dicho registro en el micrositio SEDI de la AFIP y tendrán hasta el próximo 10 de enero para hacerlo.

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