26/12/2023
A través de la
Resolución General Conjunta 5466/2023, publicada en el Boletín Oficial, la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) junto a la Secretaría de
Comercio formalizaron la derogación del Sistema de Importaciones de la
República Argentina (SIRA) y la licencia de importación vigentes. Su reemplazo
es el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), que no requerirá la
necesidad de tramitar una licencia para los envíos destinados a consumo. Este
nuevo sistema entrará en vigencia el miércoles.
Paralelamente,
la Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la Resolución 523/2017
que establecía la obligación de tramitar Licencias Automáticas de Importación,
y para determinados casos, Licencias no Automáticas, para las mercaderías
comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del
Mercosur.
De esta
manera, el vocero presidencial, Manuel Adorni, indicó en conferencia de prensa
que con el fin del SIRA "se termina con una burocracia por la que un funcionario de turno puede
decidir qué se importa o no. Siempre creemos que la decisión de
un privado tiene mucho más valor que la de aquel que está detrás de un
escritorio". Asimismo, destacó que con esta modificación "no va a haber
más licencias no automáticas, el que quiera importar, va a poder importar".
Cabe mencionar
que el SIRA fue un sistema que fue puesto a comienzo de la gestión del ex
ministro de Economía, Sergio Massa, para tener un mayor control en los procesos
de importación, en un trabajo coordinado entre la cartera económica, la
Secretaría de Comercio y el Banco Central. El funcionamiento de ambos
sistemas "afectó el desempeño y previsibilidad de las empresas nacionales,
generando serias dificultades en el comercio de bienes y servicios en el país,
como también una importante deuda comercial con proveedores del exterior, a la
vez que grandes distorsiones en el mercado". La eliminación de la
discrecionalidad y de la necesidad de una aprobación permitirá "desarmar
posibles nichos de corrupción".
Asimismo, las
declaraciones SIRA en estado de "salida" o "cancelado" quedarán vigentes
mientras que todas las demás quedarán sin efecto este martes. Se podrá registrar
una nueva declaración SEDI para respaldar las mismas. El nuevo SEDI no elimina
la necesidad de pagar aranceles a las importaciones, pero simplifica el proceso
de declaración y de aprobación.
De acuerdo con
lo que señala la disposición, las declaraciones tendrán un único fin estadístico:
buscarán ayudar a generar la matriz de riesgo aduanero y realizar un "análisis
eficiente" de las importaciones, para eventualmente adoptar medidas, por
ejemplo, de defensa comercial, sin que esto implique "demoras en los
sistemas productivos". En tanto, la declaración que se efectúa
mediante el SEDI tendrá un plazo de validez de 360 días desde la fecha que la
importación obtiene el estado de "salida". Una vez completada, se
realizarán dos controles, previo a que pase del estado "oficializada"
a "salida".
La AFIP
estudiará la situación tributaria del importador y su capacidad económica
financiera para efectuar la operación mediante
su Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF). En caso de que haya alguna inconsistencia, el
importador recibirá un mensaje y deberá registrar una nueva declaración SEDI.
Luego, intervendrán los análisis técnicos
vinculados con la seguridad y salubridad de la mercadería de organismos como
Senasa y Anmat y que forman parte del Régimen Nacional de Ventanilla única del
Comercio Exterior Argentino (Vucea). Tendrán un período de hasta 30 días
corridos para el pronunciarse, desde el registro de la SEDI. De no
pronunciarse, la declaración pasará automáticamente de "oficializada" a "salida"
y tendrá, desde ese momento, una validez de 360 días.
Al momento de
registrar la declaración, el importador no deberá notificar la aprobación del
trámite ante la Dirección Nacional de Reglamentos
Técnicos de la Secretaría de Comercio, pues se considera que el cumplimiento de normas
técnicas no es condición necesaria para importar sino para su uso y
comercialización.
Por otra
parte, respecto al acceso a los dólares para pagar las importaciones, la
Comunicación A 7917 del Banco Central estableció un sistema escalonado de
acceso según el tipo de bien o servicios: inmediato para hidrocarburos y
derivados, y energía eléctrica, 30 días para productos farmacéuticos o insumos
de ese sector, fertilizantes y productos fitosanitarios, y 180 días para autos. Para el resto de los bienes, los pagos pueden
realizarse en cuatro cuotas (cada una del 25%) iguales y consecutivas desde los
30, 60, 90, y 120 días corridos.
Además del SEDI, AFIP y Comercio crearon un
registro para los importadores que cuentan con deuda con proveedores del
exterior, la cual, en la actualidad, accidente a unos US$ 31.000
millones. El llamado "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con
Proveedores del Exterior", permitirá contar con información actualizada y
transparente de la deuda comercial privada vigente y "atender dicha
problemática". Todas las personas que hayan imputado y que tengan deuda comercial
como proveedores deberán inscribirse en dicho registro en el micrositio SEDI de
la AFIP y tendrán hasta el próximo 10 de enero para
hacerlo.
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