10/12/2024

Sucesos

El Gobierno prohibió la propaganda política partidaria en edificios públicos de Nación

Entre los considerandos de la medida, el gobierno libertario advirtió que la intención es evitar "personalismos antirrepublicanos y dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno".

El presidente Javier Milei oficializó este martes un decreto que establece limitaciones para la utilización de nombres propios en bienes del Estado Nacional, buscando evitar el uso de recursos públicos con fines de autopromoción personal o partidaria.

La normativa prohíbe denominar bienes estatales con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento y considera esta práctica como una infracción grave de los principios republicanos.

El decreto 1084/2024, firmado por el Presidente y el jefe de Gabinete Guillermo Francos, introduce una regulación que busca garantizar la "neutralidad institucional" y evitar el "culto a la personalidad" en los espacios y recursos pertenecientes al Estado.

La medida también busca garantizar la "objetividad" en las denominaciones de espacios públicos.

Los funcionarios públicos, independientemente de su rango, no podrán utilizar recursos del Estado, ya sean de dominio público o privado, para "promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal".

Además, el decreto habilita a los ciudadanos a denunciar posibles infracciones sin costo alguno, a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD).

El incumplimiento de estas normativas será considerado como una "infracción grave" y podría derivar en responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales para los implicados.



El ex CCK y actual Palacio Libertad.


Por otro lado, desde el Gobierno modificaron la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y añadieron que "la imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad personal".

Ante esto, incorporaron dentro de la norma la siguiente modificación: "La imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la educación, conforme los términos del artículo que se reglamenta" así como su libertad de conciencia.

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