10/12/2024
Entre los considerandos de la medida, el gobierno libertario advirtió que la intención es evitar "personalismos antirrepublicanos y dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno".
El
presidente Javier Milei oficializó este martes un decreto que establece
limitaciones para la utilización de nombres propios en bienes del Estado
Nacional, buscando evitar el uso de recursos públicos con fines de
autopromoción personal o partidaria.
La
normativa prohíbe denominar bienes estatales con nombres de personalidades
políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento y considera
esta práctica como una infracción grave de los principios republicanos.
El
decreto 1084/2024, firmado por el Presidente y el jefe de Gabinete Guillermo
Francos, introduce una regulación que busca garantizar la "neutralidad
institucional" y evitar el "culto a la personalidad" en los
espacios y recursos pertenecientes al Estado.
La
medida también busca garantizar la "objetividad" en las
denominaciones de espacios públicos.
Los
funcionarios públicos, independientemente de su rango, no podrán utilizar
recursos del Estado, ya sean de dominio público o privado, para
"promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen,
ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo
personal".
Además,
el decreto habilita a los ciudadanos a denunciar posibles infracciones sin
costo alguno, a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD).
El incumplimiento de estas normativas será considerado como una "infracción grave" y podría derivar en responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales para los implicados.
El ex CCK y actual Palacio Libertad.
Por
otro lado, desde el Gobierno modificaron la Ley de Protección Integral de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y añadieron que "la imposición de
una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito
educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los
niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad
personal".
Ante
esto, incorporaron dentro de la norma la siguiente modificación: "La imposición
de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el
ámbito educativo, vulnera el derecho a la educación, conforme los términos del
artículo que se reglamenta" así como su libertad de conciencia.
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