07/09/2023
La
Suprema Corte de Justicia de México falló a favor de la despenalización del
aborto a nivel nacional, garantizando así a todas las mujeres la posibilidad de
poder acceder a una interrupción voluntaria del embarazo (IVE), sin ser criminalizadas ni tampoco
los profesionales de la salud que realicen esta práctica. De esta manera, luego
de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia aprobara un recurso de
amparo presentado por la organización feminista mexicana Grupo de Información
en Reproducción Elegida para "eliminar el delito de aborto" del
Código Penal Federal, "todas las mujeres y personas con capacidad de
gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de
salud".
La
ministra de la Corte, Margarita Ríos Farjat, fue la que elaboró el dictamen que
resultó aprobado por unanimidad y que permitirá que se deroguen los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del
CPF, que
sancionan con prisión a las mujeres que abortan en el país. Cabe mencionar que
esos artículos imponían hasta el momento una pena de prisión, de seis meses a
cinco años, a la mujer o persona con capacidad de gestar que decidiera
voluntariamente interrumpir su embarazo; de igual manera, la inhabilitación de
dos a cinco años para el personal de salud y las parteras.
Asimismo,
la sentencia tendrá efectos retroactivos en beneficio de las procesadas o
sentenciadas por este delito.
A
través de un comunicado difundido por la ONG que trabaja en los derechos
reproductivos, se indicó que, con base en la sentencia sobre la
inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal al Estado de
Coahuila, que fue resuelto por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de
la Nación en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de
la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que
criminaliza el aborto. El Congreso tiene como fecha límite el 15 de diciembre
para hacerlo efectivo.
La
Corte analizó este amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal
que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto ni el personal
de salud o persona gestante "podrá ser criminalizado por ayudar a que
alguien aborte o a quien lo haga".
El
Congreso deberá "eliminar el delito de aborto" del Código Penal Federal y, al
haberse aprobado por unanimidad, "esta sentencia se vuelve obligatoria para
todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar
lo dicho por la Corte". Con esta resolución, el Instituto Mexicano
del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio
de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo
soliciten.
Hasta ayer miércoles, el aborto estaba despenalizado en 12 de los 32
estados del país. La primera ley de
despenalización del aborto en el país fue aprobada por la Ciudad de México en
2007, a los que se le sumaron Oaxaca, Hidalgo, Coahuila, Veracruz, Baja California,
Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo y Aguascalientes.
Sin embargo, las organizaciones mexicanas provida Actívate y Pasos por la Vida
habían manifestado su rechazo ayer ante esta inminente sentencia, al entregarle
a Ríos Farjat, un petitorio con 8.200 firmas de ciudadanos exigiendo que
"se respete y proteja al ser humano en gestación y a la mujer
embarazada".
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.