12/12/2024
La palabra final la tendrá la Corte Suprema, que estaba esperando el dictamen de Eduardo Casal para poder pronunciarse. El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, se mantiene en el cargo desde hace 29 años.
El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó hoy la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa, que habilita la reelección indefinida del gobernador de la provincia. Esta resolución representa un importante desafío para el mandatario formoseño, Gildo Insfrán, quien ejerce el poder en la provincia desde 1995, y refuerza la posibilidad de un fallo de la Corte Suprema en contra de su prolongada permanencia en el cargo.
LEE MÁS: El Senado definirá este jueves el futuro de Edgardo Kueider
El dictamen de Casal, aunque significativo, no tiene carácter definitivo, ya que la Corte Suprema de Justicia aún debe pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo en cuestión. Sin embargo, la decisión del Procurador General podría tener un peso considerable en el desenlace del caso. Anticipándose a un posible fallo adverso, Insfrán ya había convocado a una reforma constitucional en la provincia para tratar de mitigar los efectos de la decisión judicial.
En su argumentación, Casal destacó que la constitución del sistema republicano establecido en la Constitución Nacional exige la limitación del poder, una premisa que, según el Procurador, se ve amenazada por la posibilidad de reelecciones indefinidas. "Las múltiples reelecciones sucesivas, potencialmente indefinidas, conspiran contra la finalidad del Estado de Derecho", señaló, aludiendo a los peligros de la perpetuación en el poder, que erosiona el principio de separación de poderes.
La palabra final la tendrá la Corte Suprema, que estaba esperando el dictamen de Eduardo Casal para poder pronunciarse. El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, se mantiene en el cargo desde hace 29 años.
Casal argumentó que el artículo 132° de la Constitución de Formosa viola el principio de periodicidad y renovación de los mandatos, tal como lo establece el artículo 5° de la Constitución Nacional. Este principio busca garantizar que los funcionarios públicos no permanezcan en el poder durante periodos excesivamente largos, lo que podría afectar el equilibrio institucional.
El Procurador también desestimó un argumento presentado por la defensa, que intentaba justificar la reelección indefinida del gobernador mediante una comparación con la falta de limitación temporal en los cargos legislativos y judiciales. Casal consideró que esta analogía no era adecuada, ya que el poder ejecutivo, a diferencia de los otros dos poderes, es unipersonal y sus funciones tienen un alcance mucho mayor. "El carácter unipersonal del Poder Ejecutivo contrasta con los múltiples integrantes de los Poderes Legislativo y Judicial", explicó, subrayando que las funciones del Ejecutivo, como la administración de fondos públicos o el control de las Fuerzas Armadas, justifican un tratamiento diferente en cuanto a los límites a la reelección.
LEE MÁS: Salta: conductores ponen el grito en el cielo por el mal estado de la ruta nacional 51
La controversia sobre la reelección indefinida en Formosa pone en evidencia las tensiones entre los intereses políticos provinciales y los principios establecidos por la Constitución Nacional. A medida que la Corte Suprema se prepara para decidir, las fuerzas políticas de la provincia siguen muy atentas a cómo se desarrollará este proceso, que podría marcar un hito en la historia reciente de Formosa y en la política argentina en general.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.