23/08/2023
Ahora será girado al Senado donde el kirchnerismo podría bloquearlo
Con 125 votos afirmativos contra 112 negativos, la oposición logró darle media sanción en la Cámara de Diputados a un proyecto de reforma de la Ley de Alquileres que entre sus puntos más destacados estipula volver a los contratos de dos años de duración con actualizaciones cada cuatro meses según un índice o una combinación de índices acordados entre propietarios e inquilinos.
En el principio de la jornada parlamentaria, la oposición se unió para rechazar el proyecto del Frente de Todos que mantenía los dos puntos más cuestionados de la ley actual vinculado a los contratos de tres años y la actualización anual.
Cabe destacar que la iniciativa contó con el apoyo de parte del Interbloque Federal (los dos socialistas se abstuvieron, al igual de Alejandro "Topo" Rodríguez y Natalia De la Sota), Juntos Somos Río Negro y SER. En tanto, los tres diputados de La Libertad Avanza, Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo, votaron en contra del proyecto de Juntos por el Cambio.
A comienzos de julio último, una decena de bloques opositores
decidieron convocar a una sesión especial para debatir todos los proyectos
relacionados con la problemática que enfrentan inquilinos y propietarios.
Además de Juntos por el Cambio, también se sumaron los libertarios de Javier
Milei, el interbloque Federal y los diputados de Juntos Somos Río Negro y de SER.
Estos bloques eran claves para alcanzar el mínimo de 129.
Cabe recordar que la reforma de la Ley de Alquileres ya se
debatió en comisión hace un año y de allí surgieron dos dictámenes con estado
parlamentario. Por un lado está el dictamen de mayoría que logró imponer el
Frente de Todos, que no modifica la actualización anual de los montos y el
plazo de tres años de los contratos. La bancada oficialista hoy no bajará al recinto hasta que la
oposición haya logrado por sí sola alcanzar el quórum.
En tanto, Juntos por el Cambio y otros bloques menores llegaron
a un consenso para sacar un dictamen de minoría que vuelve a los contratos de dos años y permite
la actualización por un plazo
que puede ir de los tres meses al año.
La actualización cada tres meses genera dudas en
parte del Interbloque Federal y de Provincias Unidas, que ven con mejores ojos
estipular el mínimo en seis meses y
también insisten con que se fije algún índice que rija los aumentos, como el
IPC, el RIPTE o el Índice de Salarios del INDEC.
Antes del inicio de la sesión, trascendió que tanto el Interbloque Federal como Provincias Unidas y SER se iban a comprometer a bajar al recinto para dar quórum. En tanto, los libertarios de Milei marcaron sus diferencias de fondo con el proyecto que impulsa Juntos por el Cambio y anticiparon que iban a votar la derogación total de la ley para volver a la normativa del Código Civil.
-Los ajustes al valor del alquiler se podrán realizar por "intervalos no inferiores a los cuatro (4) meses". Y aclara: "Las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden".
-El plazo mínimo del contrato será de dos años y se considerará de ese plazo si su duración no está estipulada, pero el inquilino o locatario puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.
-En caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino o locatario el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. Tampoco podrá exigirse un pago de "valor llave o equivalente" ni la firma de pagarés "o cualquier otro documento que no forme parte del contrato original".
-El plazo mínimo de dos años no será válido para ciertos tipos de alquiler, como locación a contratos diplomáticos y, en particular, alquiler de unidades amuebladas "para fines de turismo, descanso o similares y para cualquier otro fin temporario en interés del locatario".
-En cuanto a las reparaciones de la unidad en alquiler, algo que suele generar fricciones en los contratos, se establece que el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino o locatario y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes. Si transcurridos esos plazos no hay respuesta, el inquilino puede hacerse cargo de las reparaciones, con cargo de los costos al propietario.
-Todos los contratos deben ser declarados ante la AFIP, que según el proyecto deberá "disponer un régimen de facilidades para la registración de contratos vigentes".
-Como incentivos para la reactivación del mercado de alquileres, el proyecto propone exenciones al monotributo para aquellos propietarios que "no realicen más de tres actividades simultáneas o no posean más de tres unidades de explotación", y aclara además que en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados, se considera como una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma".
-Otro estímulo es la exención del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ofrecidos en locación "para casa-habitación, con contratos debidamente registrados", aunque con tope a determinar según el valor de los contratos vigentes.
-También se exime del pago del impuesto al cheque las operaciones bancarias "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa - habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados".
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