01/07/2024

Política

Oficializaron la conversión de Télam en una agencia de publicidad

Mediante el Decreto 548/2024, el Gobierno nacional oficializó la decisión de convertir a la agencia de noticias Télam en una agencia de publicidad. De esta manera, se dispuso "la transformación de Télam Sociedad del Estado en Sociedad Anónima Unipersonal, bajo la denominación de AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.)".


La Agencia de Noticias Télam pasó a ser una Agencia de Publicidad.

El organismo "tendrá por objeto operar como Agencia de Publicidad y Propaganda, entendiendo en la elaboración, producción, comercialización y distribución de material publicitario nacional y/o internacional, tanto dentro del territorio de la República Argentina como en el exterior, en su carácter de Agencia de Publicidad".

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Cabe recordar que desde que llegó Javier Milei al Gobierno, Télam dejó de operar, tal como fue creada originalmente, en las actividades de servicios periodísticos y como Agencia de Noticias. En el decreto oficializado esta madrugada, se justificó las modificaciones de su objeto social "en la necesidad de alinear sus operaciones con un nuevo enfoque estratégico de la sociedad para operar como Agencia de Publicidad y Propaganda, concentrando los recursos de la empresa en aquella área que ofrece mayores oportunidades de crecimiento y rentabilidad a largo plazo".

Dentro de sus argumentos, el Gobierno insiste con el objetivo de "lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público. El cambio de denominación de Télam Sociedad del Estado busca reflejar la actual estrategia empresarial, la identidad corporativa y el posicionamiento en el mercado, contribuyendo así a una mayor coherencia y reconocimiento por parte de sus clientes, de sus socios y del público en general".

El 28 de junio pasado se realizó una Asamblea General con el fin de tratar la transformación de Télam y la aprobación del estatuto de la nueva sociedad, que también fue oficializado este lunes. Allí se estableció que la APE podrá "adquirir por compra o cualquier otro título, bienes inmuebles, muebles, semovientes, instalaciones y toda clase de derechos, títulos, acciones o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas o cualquier otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbres; asociarse con personas de existencia visible o jurídica; celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones, incluso préstamos y otras obligaciones con bancos oficiales o particulares, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito y/o de cualquier otra naturaleza; aceptar consignaciones, comisiones y/o mandatos y otorgarlos, y conceder créditos comerciales vinculados con su giro; emitir, previa resolución del organismo competente, en el país o en el extranjero, debentures o cualquier otro título de deuda en cualquier moneda, con o sin garantía real, especial o flotante; constituir o participar en otras sociedades por acciones y de responsabilidad limitada, salvo constituir otra sociedad anónima unipersonal; realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualquiera sea su carácter legal, incluso financieros, que hagan al objeto de la Sociedad o estén directa o indirectamente relacionados con el mismo; la enumeración precedente es enunciativa, en consecuencia, la Sociedad podrá realizar cuantos más actos fueran necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto en el modo y forma establecido por las leyes de la Nación y el presente estatuto".

"El Poder Ejecutivo ejercerá, a través del Vicejefe de Gabinete Ejecutivo de la Jefatura de Gabinete de Ministros, los derechos societarios que le correspondan al Estado Nacional por su participación en el capital accionario de APE", se añade.

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Por otra parte, a través del Decreto 555/2024, el Gobierno suspendió por dos años el proceso de transición de la televisión analógica a digital. Se apunta a la crisis económica que atraviesa el país "como una dificultad extra para que los habitantes puedan migrar en su totalidad a sistemas de recepción digitales. Con el fin de no alterar el esquema previsto, corresponde que la suspensión alcance a todas las etapas, regiones y licenciatarios y/o autorizados definidos en dicha norma".


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