02/05/2024

Economía

Prepagas: la Secretaría de Comercio anunció la fórmula que deberán seguir para subir las cuotas

Las empresas podrán cobrar un aumento máximo del 114,6% en relación con lo pagado en diciembre de 2023. Ese porcentaje está explicado por la inflación acumulada entre noviembre y marzo. El esquema regirá hasta septiembre

Tras el revés judicial en donde la jueza Mercedes Maquieira decidió declararse incompetente y enviar la causa a otro juzgado, el Gobierno nacional detalló el procedimiento para ajustar las cuotas de las empresas de medicina privada, estableciendo un límite máximo de aumento en función de la inflación acumulada. Según lo indicado por la Secretaría de Comercio, el valor de referencia para los aumentos máximos será la cuota correspondiente a diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

De acuerdo con esta medida, los aumentos no podrán superar el valor de la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

Es decir, para calcular el valor máximo de las cuotas actuales, se aplicará un ajuste máximo del 93,3% para las cuotas de abril y del 114,6% para las de mayo, tomando en cuenta la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero y noviembre a marzo, respectivamente.

Por ejemplo, si la cuota corresponde a abril, se multiplicará el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si fue facturada después del 17 de abril). Para las cuotas de mayo, se aplicará un multiplicador de 2,146. En caso de facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá reflejado en la próxima factura. Esta medida estará vigente por los próximos 5 meses, es decir, hasta septiembre.


La medida se aplica a todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada dictada por la Secretaría de Industria y Comercio, a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Las empresas afectadas por la medida incluyen a OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico.

Ante cualquier negativa por parte de las empresas para limitar el ajuste correspondiente, los usuarios pueden comunicarse al 0800-666-1518, línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor, o enviar consultas a consultas@consumidor.gob.ar. Para formular denuncias, pueden ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

El Gobierno advirtió que, en caso de incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo con lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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