27/12/2023
El juez nacional del Trabajo, Ignacio Ramonet, desestimó el dictado de una medida cautelar interina para suspender la vigencia de artículos relacionados a la reforma laboral incorporada en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei, sobre desregulación de la economía, debido a que todavía no está en vigencia. El magistrado tomó la decisión al asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera, de acuerdo con una resolución dictada este miércoles.
En la resolución correspondiente, Ramonet
consideró que "en el supuesto traído a resolver, en el que se cuestiona la
constitucionalidad del DNU 70/2023 en general, y de
los aspectos laborales de dicho decreto en particular, y teniendo en cuenta que
todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC), no encuentro que se den razones 'graves y objetivamente
impostergables' (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten
el dictado de una medida cautelar 'interina', considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia, y que, de hacerlo solo afectaría a las situaciones que
regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento
en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación".
Asimismo, el magistrado se declaró competente
para intervenir en el caso y le dio tres días al gobierno nacional para que
responda la demanda. Además, explicó que "de entrar en vigencia, habrá derechos
colectivos afectados -como por ejemplo lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-,
pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un
conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se
especifica".
"Lo
expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del
decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en
particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan
las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter
interino", añadió el juez.
Por
su parte, "en su modestísima opinión" Ramonet aseguró que las demandas contra
el DNU deberían tratarse por separado y no en una única causa colectiva. "Sería
aconsejable que las acciones colectivas que se iniciaran (o que
ya se han iniciado) se 'desagregaran' por fuero especializado, siendo indiscutible
en esta causa que el fuero llamado a entender en las cuestiones planteadas no
sería otro que esta Justicia Nacional del Trabajo", concluyó.
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