29/01/2024

Política

Revés judicial para el DNU de Milei: La Justicia suspendió la derogación de la Ley de Tierras

Por pedido de una asociación de excombatientes de Malvinas, se dictaminó la restitución de la normativa que restringe las condiciones de venta de terreno nacional a compradores extranjeros. Los detalles.

Ley de Tierras, adentro: en lo que constituye un nuevo revés judicial para el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno nacional, este lunes la Justicia dio marcha atrás a la vigente derogación de la Ley 26.737 que restringe las condiciones de venta de terreno nacional a compradores extranjeros, por lo que la normativa volverá a estar en vigencia tras su suspensión establecida en el mega proyecto impulsado por el presidente Javier Milei.

La disposición fue ordenada por el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak, quien hizo lugar a una cautelar elevada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) que reclamaba dejar sin efecto el artículo 154 del DNU destinado a derogar la Ley de Tierras. En base a ello, el magistrado resolvió frenar la medida e inscribió la decisión bajo la figura de "amparo colectivo", ya que aplica a todas las personas sin importar quién lo reclama.

Kreplak explicó que su dictamen se basa en la inadecuada fundamentación de la iniciativa por parte del gobierno de Milei: "La motivación del acto estatal discrecional es un presupuesto básico porque si no está motivado no es posible controlarlo o, quizás, el control es más difuso y débil en este contexto. Si el Ejecutivo no da razones sobre su elección (o las brinda en forma insuficiente), aun cuando la decisión sea jurídicamente válida, no es posible controlarla en términos ciertos".

Además, con respecto a la presentación de los excombatientes, el juez manifestó: "Si bien el objeto estatutario de la Asociación se orienta a la defensa concreta de los derechos soberanos en el Atlántico Sur, Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, el bien jurídico 'Soberanía Nacional', en razón de su naturaleza colectiva e indivisible, no resulta susceptible de tutela parcial o selectiva".

"A mayor abundamiento, debe destacarse que la derogación de la norma legal tutelar habilita sin más la adquisición por extranjeros de tierras rurales (en los términos vedados por la ley derogada) en los mismos territorios ilegítimamente ocupados por el Reino Unido que la asociación actora tiene por objeto estatutario defender", argumentó el magistrado en su dictamen acerca del "Régimen de Protección al Dominio Nacional Sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales".

La comúnmente llamada Ley de Tierras fue sancionada inicialmente en 2011 para regular la titularidad y posesión de terrenos para usos agropecuarios, forestales y turísticos, entre otros, con el objetivo de preservar la soberanía territorial y evitar la "extranjerización" del suelo nacional. La medida busca limitar la propiedad de tierras por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras, para lo que determina ciertas condiciones y excepciones. A su vez, establece un Registro Nacional de Tierras Rurales y un Consejo Interministerial para controlar y dirigir acciones en la materia.

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