Un supervisor violento de Córdoba fue condenado a pagar el tratamiento a su víctima

Micaela Cabezas

17 marzo, 2023

La justicia cordobesa dispuso que una empresa deberá colocar en la puerta de un baño una placa con la frase “La violencia de género no es una opción posible». Lo hizo en un expediente en el que una mujer que se desempeñaba como personal de seguridad en una compañía de transportes, denunció acoso laboral y maltratos por parte de un supervisor que, incluso, la obligó innecesariamente a compartir los sanitarios – en pésimas condiciones de mantenimiento e higiene- con los choferes de colectivos.

EN QUÉ CONSISTIO LA VIOLENCIA DE GÉNERO

La mujer, cuyo nombre no trascendió, presta servicios en una empresa de seguridad que fue contratada por una firma dedicada al transporte urbano de pasajeros. Desde agosto de 2016 ella se desempeñó en esta última en funciones de vigilancia y monitoreo, control de entrada y salida de choferes, colectivos y empleados. Muy rápidamente, según la denuncia, el jefe de seguridad de la transportista, que no era su supervisor ya que ella trabajaba para una empresa contratada, comenzó a maltratarla y hostigarla con frases como “sos un mamarracho…. sos un chiste…. siendo mina a quién vas a vigilar vos«.

Los términos peyorativos iban acompañados por gritos, portazos y reprimendas frente al resto del personal. La mujer lo soportaba para no perder el trabajo, ya que tenía que mantener a tres hijos, uno de ellos discapacitado y a un familiar que no puede valerse por sí mismo. El mismo supervisor, “sin otra justificación que su odio hacia las mujeres« le impidió utilizar el baño para mujeres, quitándole la llave y obligándola a compartir los sanitarios de los choferes de colectivos, a los que describió como “deteriorados, sucios, sin mantenimiento y sin trabas en las puertas«. Eso derivó en una situación “humillante» en la que era objeto de comentarios inadecuados y groseros, a tal punto que evitaba ir al baño durante las ocho horas de trabajo, lo que le provocó un problema renal. Las condiciones sanitarias eran tan deficientes que la justicia ordenó repararlas y ordenó a la Municipalidad de Córdoba extremar los recaudos para que los trabajadores no se vieran obligados a usar semejantes baños.

El supervisor, cuyo nombre tampoco consta en el fallo, la forzó a cambiar del turno mañana al nocturno, bajo el argumento de que debía empaparse del funcionamiento de la empresa en los distintos horarios. Sin embargo, era conocedor de que por las particulares circunstancias familiares de la mujer, quien había dicho desde el primer momento que no podía trabajar ni de noche ni los domingos, rotarle los horarios complicaba enormemente sus rutinas.

Los testigos coincidieron en que parecía haber un encono personal del supervisor, porque le destinaba frases despectivas, le levantaba la voz delante de todos y le reprochaba su desempeño pero a nadie más que a ella.

EL FALLO DE LA JUSTICIA

Quiero que esto no vuelva a suceder ni conmigo ni con otra mujer. Que el juez aplique la máxima  sanción que considere pertinente al caso. Respecto a mi persona, quiero que deje de hostigarme a mí o a cualquier mujer«, se lee en la demanda.

La jueza Mariana Wallace, a cargo del juzgado 4 de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Córdoba, repasó la extensa legislación nacional e internacional de defensa de los derechos de las mujeres y llegó a la conclusión de que “la vivencia de hostigamiento, control excesivo y presiones del tipo de las denunciadas, con verbalización de expresiones denigrantes hacia una mujer trabajadora sostén del hogar, en un contexto altamente masculinizado como es el del sistema de transporte urbano, configura un episodio que vulnera  la dignidad e integridad de la persona«.

Wallace dispuso que el acosador deberá pagar el tratamiento psicológico al que está sometida su víctima a raíz de su persecución, además de solventar los gastos del juicio. Ordenó también que él mismo comenzara un tratamiento especializado en violencia de género para erradicar sus prejuicios y sus manifestaciones laborales.

En cuanto a la empresa de transportes, indicó que debe elaborar protocolos preventivos tendientes a evitar situaciones como las padecidas por la denunciante. A la Municipalidad cordobesa le señaló la necesidad de controlar las instalaciones sanitarias de la compañía de colectivos, que ordena mejorar, para impedir condiciones laborales indignas.

En ese mismo baño que la víctima fue obligada a compartir con los choferes, la jueza resolvió que la transportista debería colocar un cartel que dijera “la violencia de género no es una opción posible«.

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