21/12/2023

Política

Algunas de las leyes y decretos en materia energética que derogó el DNU de Milei

La norma deroga 41 leyes, DNU y decretos enteros, al tiempo que deroga artículos de otras tantas con el argumento de "sentar las bases para la reconstrucción de la economía argentina"

Algunas de las cuestiones estipuladas por el Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado ayer por el propio presidente Javier Milei, considera la intención de desprenderse de empresas del Estado, la quita de subsidios a la energía y una reformulación de la minería, eliminando organismos de control.


La norma habilita la privatización de las empresas públicas o el desprendimiento de la participación del Estado nacional en sociedades anónimas. En el caso de la energía y minería, podrían apuntar a Yacimiento Carbonífero de Río Turbio (YCRT); Dioxitek S.A. (productora de polvo de dióxido de uranio para centrales nucleares); YPF S.A.; Y-TEC; Energía Argentina S.A. (ex Integración Energética Argentina IEASA); y Nucleoeléctrica Argentina S.A., entre otras.


El DNU de Milei derogó la normativa que impedía la privatización de las empresas públicas y fijó la necesidad de transformar todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.


En el Capítulo IX del DNU sobre los servicios esenciales reglamentados en la Ley N° 25.877 del régimen laboral, que incluye la producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica, establece que en caso de conflictos colectivos en ningún caso podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio.

Cómo se sospecha que era el negocio que había con Río Turbio |


La minería se incluyó en las actividades o servicios de importancia trascendental, que en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%.


el Título VII sobre la minería tiene dos artículos: el artículo 169 que deroga la Ley N° 24.523, que fue sancionada en 1995 y establecía que el Sistema nacional de comercio minero, y el artículo 170, que deroga la Ley N° 24.695, que creó en septiembre de 1996 el Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos, que funcionaba bajo dependencia de la Secretaría de Minería de la Nación.


El artículo 171 estipula que se derogue el Decreto N° 1.060/00, que establecía plazos máximos de duración para los contratos de abastecimiento exclusivo de combustibles, cualquiera sea la modalidad comercial o jurídica empleada, que se celebren entre compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles, y quienes explotan estaciones de servicio.


Por otro lado el decreto N° 1.060/00 fijaba el porcentaje de participación de las compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles como propietarias y/u operadoras del total de la red de estaciones de servicio que comercializan las marcas que sean de su propiedad.


Se terminan los subsidios a la electricidad y el gas

El artículo 177 le da el poder a la Secretaría de Energía a "redeterminar la estructura de subsidios vigentes" a fin de asegurar a los usuarios de la electricidad y el gas finales el acceso al "consumo básico y esencial"


El DNU de Milei aclaró en este punto que "dicho beneficio (el subsidio) deberá considerar principalmente un porcentaje de los ingresos del grupo conviviente, en forma individual o conjunta para la energía eléctrica y el gas natural, a ser establecido por la reglamentación".


En ese sentido indica que "a los efectos de calcular el costo de los consumos básicos, se considerarán las tarifas vigentes en cada punto de suministro" y agregó que se deberá

"implementar la segmentación de la asignación de subsidios" de los dos servicios públicos.

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