11/05/2024
Ocurrió en consecuencia de la baja de la tasa de política monetaria del Banco Central. Esta decisión se oficializó mediante la Resolución 37/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.
El plazo para la adquisición de servicios turísticos en todo el país a través del programa 'Cuota Simple' ha sido extendido por el Gobierno, ya que considera que este sector impulsa el crecimiento económico y el desarrollo comercial. Esta decisión se oficializó mediante la Resolución 37/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.
En enero de este año, el Ministerio de Economía determinó que 'Cuota Simple' estaría en vigor hasta el 31 de este mes, pero reconoció que este plazo podría extenderse, ya que este Programa (que sustituyó al 'Ahora 12') 'ha demostrado ser un instrumento capaz y altamente ventajoso para los sujetos intervinientes', según el mismo Ministerio.
Un mes más tarde, se decidió incluir el sector Turismo dentro de las formas de financiamiento del Programa, con un plazo de vigencia de 90 días. Ahora, el Ejecutivo ha destacado que este sector 'impactó de forma positiva en febrero y marzo, meses de los que se advierte se han perfeccionado más de 140.000 realizadas en el marco del Programa, lo que en términos económicos resulta en más de $29.000 millones'.
Por esta razón, enfatizó que 'se desprende la vital importancia del sector turístico como motor de crecimiento económico y desarrollo del comercio. Es por ello que resulta esencial asegurar su fortalecimiento a través del Cuota Simple'. Además, aclaró que el Turismo incluye los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del territorio nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales'.
A partir de esta semana, el Programa tiene una tasa nominal anual del 50%, equivalente a una efectiva anual del 63,2% y una mensual del 4,17%. Esta es la quinta reducción de la tasa de financiación desde que la iniciativa oficial comenzó a aplicarse en febrero pasado. Cuota Simple permite financiar compras de productos en 3 y 6 cuotas fijas mensuales tanto en tiendas virtuales y locales adheridos de todo el país.
Los rubros de Cuota Simple:
Anteojos y lentes de contacto:
Anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no supere los $97.000.
Artefactos de iluminación:
Incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED.
Artículos de librería:
Artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
Bicicletas:
Todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
Calzado y marroquinería:
Calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
Colchones:
Comprende colchones y sommiers.
Computadoras, Notebooks y Tabletas:
Elementos durables de cocina:
Comprende ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
Equipamiento médico:
Comprende equipos aparatos de oxigenoterapia, nebulizadores, camas ortopédicas, sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción, sillas de ruedas, ortesis, ortopedia y sus partes (prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas) producidos por PyMEs nacionales cuyo precio final no supere los $200.000.
Espectáculos y Eventos culturales:
Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de $62.000.
Indumentaria:
Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños. Incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir.
Instrumentos musicales
Juguetes:
Juguetes y juegos de mesa
Kit para la conexión domiciliaria a los servicios de agua y cloacas
Libros
Textos escolares y libros de impresión nacional.
Línea Blanca:
Aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
Maquinaria y Herramientas:
Taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
Motos:
Comprende todas las motos cuyo precio final no supere $1.300.000.
Muebles:
Muebles para el hogar.
Neumáticos, accesorios y repuestos:
Accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
Pequeños Electrodomésticos:
Pavas eléctricas, licuadoras, procesadoras, batidoras, tostadoras, entre otras.
Perfumería:
Productos de cosmética, cuidado personal y perfumes nacionales.
Servicios educativos:
Cursos de Idioma, relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
Servicios de preparación para el deporte:
Gimnasios.
Servicios de reparaciones:
Servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar.
Talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas
Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G:
Todos los modelos.
Televisores y monitores
Todos los modelos.
Turismo:
Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales. El plazo de operatoria del presente rubro tendrá una vigencia de noventa (90) días, contados a partir del día 7 de febrero del 2024.
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