26/12/2024

Sucesos

Cambios significativos en el sistema de etiquetado frontal de los alimentos envasados

Se busca optimizar la calidad de la información nutricional ofrecida a los consumidores, permitiendo decisiones de compra más conscientes.

La Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha realizado importantes cambios en el Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, que está plenamente vigente desde mayo de 2024.

En la modificación del manual se establece que de ahora en más los rótulos informarán los ingredientes que se añaden para la elaboración de un alimento. Esto quiere decir que se informará en los paquetes cuánto más azúcar, sodio, grasas y calorías tiene el producto en cuestión, además del que ya trae. Esto quiere decir que habrá que leer al detalle la medición aplicada.

Respecto de la publicidad, la ANMAT mantiene su potestad de verificar los aspectos sanitarios. Los productos que tienen al menos un sello de advertencia no podrán promocionarse dirigidos de manera específica a los menores de 16 años. De esta manera, queda prohibido publicitar, promocionar y/o patrocinar alimentos y bebidas analcohólicas envasados dirigidos especialmente a niños y adolescentes, entendiendo a estos como menores de 16 años.

Los productos que ya están etiquetados bajo la normativa anterior continuarán a la venta hasta que se termine con su existencia, y las empresas, de ahora en más, deberán adecuarse a la nueva normativa.

Este trabajo realizado por la ANMAT llevó varios meses y se espera que en los próximos meses se puedan observar los cambios en las góndolas de los supermercados.

La Ley de Etiquetado Frontal, también conocida como Ley de Promoción de la Alimentación Saludable Nº27.642, fue aprobada en octubre de 2021 y reglamentada en marzo de 2022 mediante el Decreto 151/2022. Su implementación se realizó de manera progresiva, otorgando a las empresas casi un año para adecuar sus empaques a las nuevas disposiciones. La ley establece que alimentos y bebidas no alcohólicas con altos niveles de azúcares, sodio, grasas saturadas o calorías deben incluir octógonos negros de advertencia en sus envases, con el fin de alertar a los consumidores sobre los riesgos asociados a un consumo excesivo de estos componentes.

La regulación también prohíbe el uso de estrategias de marketing dirigidas a menores, como personajes infantiles o celebridades en productos que excedan los límites permitidos.

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