15/04/2024
La Justicia consideró que el grupo se instaló en el predio bajo el argumento de una reivindicación territorial que no fue probada.
La comunidad mapuche de la localidad de Villa La Angostura, en la provincia de Neuquén, deberán devolver un predio al Municipio del lugar luego de que la Justicia fallara que no les pertenece.
Integrantes del pueblo indígena habían ocupado el lugar en 2011, bajo el argumento de que le pertenecía a sus ancestros y era una "reivindicación territorial". Sin embargo, más de una década después, los tribunales demostraron lo contrario.
El lugar en disputa es un camping ubicado sobre la costa del lago Correntoso, a unos 8 kilómetros del centro de la ciudad, donde la comunidad Paichil Antriau estaba instalada hace más de una década.
Sofía Antriau y Hugo Montes, ambos integrantes de la colectividad mapuche, fueron concesionarios del predio. Sin embargo, al finalizar el contrato, se negaron a devolverlo a manos del Municipio y anunciaron una "recuperación territorial" por la preexistencia de ancestros en esas tierras.
Ante esa situación, la administración local se presentó como querellante ante la Justicia para pedir que fueran expulsados del lugar.
El planteo mapuche tenía algo de cierto, ya que ese territorio había pertenecido a Víctor Antriau, integrante de la comunidad. No obstante, este hombre había cedido el predio a la entonces Comisión de Fomento de Villa La Angostura, bajo la órbita del Estado local.
Los mapuches argumentaron su potestad sobre el terreno amparados en la ley 26.160, que declara la "emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país". Pero la Justicia no les dio la razón.
El Superior Tribunal de Justicia de Neuquén rechazó las pruebas presentadas por la comunidad e, incluso, desestimó el argumento de propiedad ancestral que esgrimieron desde 2013, cuando el Municipio inició la causa como querellante.
La corte provincial no solo determinó la restitución del predio a la Comuna, sino que también le impuso a la comunidad Paichil Antriao el pago de las costas que se generaron por el juicio.
"No se han demostrado fehacientemente la presencia de los recaudos que permitirían calificar a la ocupación por parte de la comunidad como tradicional y actual", argumentaron los jueces Germán Busamia y Evaldo Moya en el fallo.
"No hay prácticas mapuches en el lugar, es sólo la explotación comercial de un espacio que no le pertenece a los mapuches, sino a la comunidad angosturense toda", argumentaron desde el Municipio de Villa La Angostura, en declaraciones al portal Infobae.
"Es un litigio que lleva más de 10 años, abundan los recursos y apelaciones. Pero, mientras tanto, los mapuches siguieron explotando comercialmente el lugar, generando ingresos y logrando beneficios de forma irregular", concluyeron.
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