10/09/2024

País

El Gobierno implementó un nuevo Contrato de Servicio Aéreo con más protecciones para el pasajero

La medida fue oficializada en el decreto 809/2024, que fue publicado esta madrugada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia en 30 días, es decir el 10 de octubre. Se actualizaron normas de reintegros, atención a pasajeros que requieren de asistencia especial y derecho al transporte de animales domésticos.

El gobierno avanzó en la modificación de su legislación aeronáutica mediante la promulgación del Decreto 809/2024, que introduce un nuevo marco regulatorio para el contrato de servicio aéreo.

Mediante el decreto 809, publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo aprobó el "Reglamento del Contrato Aéreo de Pasajeros y Equipaje, Protección de los Derechos del Pasajero Usuario del Transporte Aéreo".

Entrará en vigencia en los próximos 30 días y afecta tanto a los vuelos nacionales como internacionales operados por aerolíneas locales y extranjeras.

Esta nueva normativa, establecida por el Gobierno, incluye una serie de definiciones en lo que respecta con circunstancias propias de la actividad de transporte aéreo de pasajeros, tales como cargo, cancelación, billete de pasaje, conexión, contrato de intermediario de viaje, denegación de embarque, equipaje, entre otros.

Cada pasajero podrá transportar el equipaje de mano en cabina, sin cargo adicional, siempre y cuando cumpla con las dimensiones y peso permitido por las aerolíneas.

El nuevo reglamento del contrato aéreo exige que las aerolíneas brinden información clara, detallada y precisa sobre los servicios, tarifas, impuestos y cargos adicionales antes de la compra de un pasaje de avión. Estos datos deberán brindarse en el idioma oficial y de forma gratuita.

Las aerolíneas también deben informar a los pasajeros sobre retrasos, cancelaciones o cambios en su reserva con antelación.

En caso de retrasos de vuelos superiores a cuatro horas o cancelaciones, las aerolíneas están obligadas a ofrecer compensación, reubicación en vuelos alternativos y servicios como vales de comida o alojamiento, dependiendo de la duración de la interrupción.

Si los pasajeros son denegados a bordo debido a sobreventa, las empresas aéreas deben ofrecer un transporte alternativo o reembolsos.


Cada pasajero podrá transportar el equipaje de mano en cabina, sin cargo adicional, siempre y cuando cumpla con las dimensiones y peso permitido por las aerolíneas.


Por otra parte, las aerolíneas deberán realizar pagos adelantados por compensación a los pasajeros o a sus beneficiarios en caso de "accidentes que resulten en lesiones o muerte".

En tanto, también se estableció un nuevo Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo, que gestionará los reclamos relacionados con interrupciones de vuelos, ofreciendo un proceso de resolución rápido e informal, que estará bajo la órbita de la Secretaría de Transporte.

Cabe recordar que la iniciativa no tiene relación con la declaración del transporte comercial como servicio esencial, cuya normativa se espera que se publique en los próximos días, de acuerdo con lo anunciado por fuentes oficiales.

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