29/02/2024

País

Polémica: Salta decretó el cobro de la atención sanitaria a extranjeros

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 129, el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, determinó el arancelamiento de la atención sanitaria de los extranjeros que pertenezcan a las categorías de residentes transitorios y precarios en los hospitales de la provincia, mientras que la atención de urgencia o en emergencias queda garantizada.

De esta manera, estableció que los extranjeros que pertenezcan a las categorías de residentes transitorios y precarios contribuyan también a solventar los gastos que genera su atención sanitaria en los centros de salud provinciales, ya sea por sí mismos o a través de un seguro de salud.

Asimismo, el documento prevé que la atención sanitaria a los extranjeros en casos de urgencia o emergencia, cualquiera sea la categoría que éstos revistan, no podrá ser negada, ni restringida, por tratarse de una cuestión humanitaria. E indica que el Estado provincial arbitrará con posterioridad los medios necesarios para percibir los gastos ocasionados.

Cabe mencionar que el Gobierno salteño considera importante advertir que la económica que atraviesa el país no resulta ajena a la provincia, que sufrió una merma en su erario, no sólo por el recorte de las transferencias nacionales, sino también por la disminución de la recaudación. Por tal motivo, y ante la emergencia económica declarada a nivel nacional y provincial, el alto índice inflacionario existente que encarece los insumos a diario, medicamentos y elementos destinados a garantizar la atención sanitaria, "resulta necesario adoptar medidas para racionalizar de manera eficiente los recursos con los que se cuenta".

Por su parte, el Gobierno de Salta remarcó que, desde distintos países se organizan "tours sanitarios" que ofrecen atención en los hospitales del sistema público provincial, requiriendo en muchos casos tratamientos prolongados y de altos costos como así también cirugías, cesáreas, entre otros que no son circunstanciales sino programados. Por lo que consideraron "imperioso brindar una solución normativa razonable y acorde a las premisas constitucionales y normativas aplicables en la materia, para proteger la sustentabilidad y el funcionamiento adecuado del sistema de salud pública, frente a la problemática diaria que vive la provincia en sus centros asistenciales públicos".

Conforme a la Ley Nacional 25871 de Migraciones, los extranjeros se agrupan de acuerdo a su ingreso y permanencia, en cuatro categorías de residentes: permanentes, temporarios, transitorios y precarios. Vale mencionar que tanto a los residentes permanentes como a los temporarios se les brindará atención sanitaria en forma igualitaria a los nacionales.

Tal disposición encuentra su fundamento en que las personas incluidas en estas categorías contribuyen al erario público, mediante el pago de sus impuestos, que sostiene el sistema de salud público de la provincia.

La Autoridad de Aplicación del DNU será el Ministerio de Salud Pública, que queda facultado a llevar a cabo todas las acciones y dictar la normativa necesaria para su plena operatividad. Mencionado organismo será el que fijará los aranceles de cada una de las prestaciones, debiendo mantenerlos actualizados y ser informados a quienes lo requieran.

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