19/12/2019
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de un aloe vera, un reactivo, un aceite comestible, y el uso de un desfribilador y un ecógrafo.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial. A través de la disposición 10277/2019 se informó la prohibición del producto "Sabila-Aloe Vera", elaborado por el Laboratio FE&CG AL NATURAL por "no consignar el rótulo de información obligatoria y presentar leyendas referidas a propiedades medicinales, terapéuticas y de mejoramiento de la salud". Además, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, lo cual es ilegal.
En cuanto a la disposición 10278/2019 prohíbe por robo el uso, comecilaización y distribución del Desfribilador modelo D1, marca Mindray y cuyo número de serie FQ-86017933. En tanto, la disposición 20179/2019 prohíbe lo mismo para el Ecógrafo portátil marca ESAOTE, modelo ML30, número de serie 7022.
También se prohíbe el uso, comercialización y distribución de todos los lotes y presentaciones del producto médico G-IVF PLUS supplemented with HSA, VITROLIFE, manufactured by Vitrolife Sweden AB,V. Frolunda, Sweden. Lo mismo para el producto Bomba de alimentación enteral, marca SMART, modelo APPLIX, serie N° 7751942/21907342.
Por último y de igual sentido, se prohíbe el aceite comestible marca Caracas, girasol blends, RNE N° 01-000585, RNPA N° 01-037505.
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