05/08/2024
La administración de La Libertad Avanza publicó en el Boletín Oficial un decreto que establece las condiciones para privatizar un puñado de compañías estatales.
El Gobierno Nacional está listo para avanzar en los procesos de licitación de privatización total o parcial de ocho empresas públicas según lo establecido en la Ley Bases, tras la emisión de un decreto que determina el mecanismo para la venta de estas firmas.
El Congreso ha autorizado la privatización total de Energía Argentina (Enarsa) e Intercargo, y de manera parcial, de Aysa, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales.
En el caso de Nucleoeléctrica Argentina y Yacimientos Carboníferas Fiscales, solo se permite la incorporación de capital privado a través del sistema de Participación Público-Privada (PPP).
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Inicialmente, el Gobierno tenía la intención de privatizar alrededor de cuarenta empresas públicas, pero debido a la oposición de algunos bloques políticos, se decidió excluir a Banco Nacional, Radio y Televisión Argentina, Correo Argentino y Aerolíneas Argentinas de la lista.
Con la publicación del decreto 695 en el Boletín Oficial, se estableció el sistema para proceder con la venta total o parcial de estas empresas públicas. Este proceso deberá ser supervisado por la Auditoria General Nacional y la Comisión Bicameral de Privatizaciones, que aún no ha sido conformada por el Congreso.
La reglamentación de la Ley Bases exige que "el ministro o secretario de la Presidencia bajo cuya jurisdicción se encuentre la empresa a privatizar, deberá presentar al Poder Ejecutivo un informe detallando la propuesta concreta relacionada con el procedimiento y la modalidad más adecuada para llevar a cabo la privatización".
A la venta. Una de las empresas que podría ser privatizada es AySA, aunque de manera parcial.
Este informe debe incluir "el alcance total o parcial de la privatización propuesta y sus fundamentos; las alternativas de procedimiento más adecuadas; las modalidades que se consideran convenientes para materializar la privatización; el procedimiento de selección previsto y los plazos estimados para cada etapa del proceso de privatización".
Además, debe detallar "la propuesta para otorgar las preferencias mencionadas en el artículo 16 de la Ley Nº23.696 y la aplicabilidad, si corresponde, de un Programa de Propiedad Participada, especificando las clases de adquirentes y la proporción del capital accionario incluido en el programa".
Una copia de este informe será enviada a la Comisión Bicameral del Congreso.
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En el caso de Nucleoeléctrica Argentina, se establece que solo se puede organizar un programa de propiedad participada y asignar una clase de acciones para ese fin; además de incorporar capital privado mientras el Estado nacional mantenga el control o la participación mayoritaria en el capital social.
Para la empresa Nucleoeléctrica Argentina, se requiere el voto afirmativo del Estado nacional para decisiones que impliquen la ampliación de capacidad de una central de generación nuclear existente, la construcción de una nueva, la salida de servicio de una central por motivos no técnicos, ya sea temporal o definitiva, y la incorporación de nuevos accionistas.
En lo que respecta al Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético administrado por Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT), también se permite la organización de un programa de propiedad participada y la asignación de una clase de acciones para ese fin.
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