20/12/2024
El juez en lo Contencioso Administrativo, Enríque Lavié Pico, descartó el recurso de amparo presentado por el ex legislador nacional. El dirigente enterriano podrá apelar el fallo, pero continuará sin fueros y con la posibilidad de ser extraditado a la Argentina.
El juez del fuero contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, desestimó hoy de manera preliminar el amparo presentado por el ex senador del Partido Justicialista de Entre Ríos, Eduardo Kueider, en un intento por recuperar su banca en la Cámara Alta.
El magistrado consideró que decisiones como la remoción de Kueider por inhabilidad moral -luego de su detención en Paraguay cuando intentaba ingresar a ese país con 211.000 dólares sin declarar- "no pueden ser revisadas" en el ámbito judicial, según la resolución a la que tuvo acceso la agencia NA.
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En su fallo, Lavié Pico explicó que "como se ha dicho en reiteradas oportunidades, se ha sostenido que el ámbito de control jurisdiccional del Poder Judicial no alcanza a las decisiones que otros Poderes del Estado adopten dentro de la esfera de competencia que la Constitución Nacional les asigna como propia y exclusiva, tal como acontece en el caso".
Asimismo, el juez añadió que, en el marco de las facultades exclusivas otorgadas por la Constitución, "la función jurisdiccional no alcanza al modo de ejercicio de las mismas".
Rechazo. El juez Lavié Pico desestimó el recurso de amparo presentado por Kueider para recuperar su banca en el Senado.
Por lo tanto, "las consideraciones formuladas por los integrantes de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación en oportunidad de la Sesión Pública Especial celebrada el 12 de diciembre del corriente año y la decisión allí adoptada, relativa a la remoción del Senador Nacional Edgardo Darío Kueider por inhabilidad moral para desempeñar tan eminente función pública en razón de los hechos acaecidos en la República del Paraguay, no pueden ser revisados en esta sede judicial porque su examen constituye una competencia exclusiva y excluyente atribuida al Senado de la Nación por el art. 66 de la Carta Fundamental", indicó el fallo.
En este sentido, el juez subrayó que resolver sobre la acción de amparo para devolverle el cargo a Kueider "importaría avanzar indebidamente en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado". Así, destacó que el Poder Judicial "no puede arrogarse funciones reservadas por la Constitución Nacional a los otros poderes del Estado, como es en el caso, la remoción de un Senador Nacional en los términos del art. 66 de la Carta Magna".
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La remoción de Kueider "fue propuesta, debatida y sometida a votación en el seno del Honorable Senado y resultó aprobada por 60 votos afirmativos, 6 negativos y 1 abstención", concluyó Lavié Pico en su resolución.
Si bien la decisión puede ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Kueider continuará sin fueros parlamentarios, lo que podría facilitar su detención en Argentina en el contexto de la causa por enriquecimiento ilícito, en la que la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, ha solicitado su extradición a Paraguay.
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