26/12/2024

Economía

Se definió el valor del salario mínimo, vital y móvil

Ante la falta de consenso entre los empresarios y sindicalistas que conforman el Consejo que lo define, fue el Gobierno Nacional quien fijó las cifras.

Ante la falta de consenso en el Consejo del Salario, el Gobierno optó una vez más por determinar el aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) mediante un decreto.

A través de la Resolución 17/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se estableció un nuevo monto de $279.718, lo que implica un incremento del 5,5% respecto a la actualización anterior de octubre, cuando el SMVM era de $271.571.

Desde el 1° de diciembre de 2024, el SMVM será de $279.718 para los trabajadores mensualizados que cumplan la jornada laboral completa, mientras que para los jornalizados se fijará en $1.399 por hora.

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El ajuste continuará en 2024: a partir del 1° de enero, el SMVM pasará a $286.711 para los trabajadores mensualizados y a $1.434 por hora para los jornalizados. En febrero, las cifras se incrementarán a $292.446 y $1.462 respectivamente. Finalmente, el 1° de marzo culminará esta progresión con un salario mínimo de $296.832 para los mensualizados y $1.484 por hora para los trabajadores jornalizados.

El artículo 2 de la misma resolución establece que la prestación por desempleo, destinada a trabajadores convencionados o no, equivaldrá al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual percibida por el empleado durante los seis meses previos al cese de su contrato laboral.

Consejo del salario. Sindicalistas y empresarios fueron convocados por el Gobierno, pero no llegaron a un acuerdo.

Además, aclara que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente".

El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) está respaldado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y regulado por la Ley de Contrato de Trabajo, que lo define como el ingreso mínimo que un trabajador debe recibir por su labor.

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El Consejo encargado de determinar el SMVM incluye representantes de distintos sectores, como empresarios, sindicatos, el Estado Nacional, el Consejo Federal del Trabajo y gobiernos provinciales. Además, la normativa vigente asegura que el SMVM es inembargable, salvo en casos relacionados con deudas alimentarias.

En línea con el Convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el proceso de fijación del SMVM debe tener en cuenta las necesidades de los trabajadores y sus familias, así como factores como el desarrollo económico, la productividad y la generación de empleo.

El salario mínimo también influye en el valor de prestaciones sociales y, en algunos casos, en el cálculo de la cuota alimentaria en casos de padres separados. Sin embargo, enfrenta una pérdida de poder adquisitivo superior al 30% tras la devaluación de diciembre pasado. Esta caída se suma a una tendencia decreciente que, junto con la contracción económica actual, ha llevado el salario mínimo a niveles inferiores a los de 2001, previos a la crisis de la convertibilidad.

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